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16/01/2021

Organizaciones finlandesas denuncian a la ONU el acuerdo de UPM en Uruguay

Demandan a Naciones Unidas una auditoría independiente para saber si los efectos del contrato afectan o no los derechos humanos económicos, sociales y culturales de los uruguayos.

Firma del contrato entre UPM y Uruguay para la segunda planta en Durazno. Foto: Presidencia. 

Víctor L. Bacchetta

Tres organizaciones sociales finlandesas, New Wind Association, Economic Justice Action Group of Friends of the Earth y Emmaus Aurinkotehdas, elevaron este viernes 15 al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas una denuncia sobre los impactos de la nueva inversión de UPM en Uruguay y la responsabilidad de Finlandia de asegurar y controlar el respeto por esa empresa de los derechos humanos económicos, sociales y culturales de los uruguayos.

“Como UPM es una corporación transnacional en la que están involucrados intereses públicos y privados cruciales de Finlandia, los impactos en los derechos humanos de la mega inversión de UPM en la producción de celulosa en Uruguay son un ejemplo de condiciones con respecto a las cuales Finlandia es responsable de desarrollar un marco para garantizar que no descuida sus obligaciones”, afirma la denuncia.

“Toda persona tiene derecho a un orden social e internacional en el que los derechos [...] puedan realizarse plenamente”, recuerdan las organizaciones citando la Declaración de Derechos Humanos de la ONU. Y agregan que “todos los órganos de la sociedad” deberán “promover el respeto de estos derechos y libertades”,así como adoptar las medidas nacionales e internacionales para asegurar su reconocimiento.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR, por sus siglas en inglés) es un órgano compuesto por expertos independientes con el fin de supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este Pacto fue aprobado por la Asamblea General de la ONU el 16 de diciembre de 1966 y, tras ser ratificado por los Estados, entró en vigor el 3 de enero de 1976.

El CESCR fue creado el 28 de mayo de 1985 por resolución del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) para llevar a cabo las funciones de seguimiento del Pacto asignadas a este Consejo. El CESCR está integrado por 18 expertos independientes de alta consideración moral y reconocida competencia en el ámbito de los derechos humanos elegidos por los Estados partes del Pacto.

Los miembros del Comité desempeñan sus funciones a título personal por un período de cuatro años y pueden ser reelegidos. La presidencia es ocupada en la actualidad por el jurista brasileño Renato Zerbini Ribeiro Leão. En la próxima reunión del CESCR, a celebrarse del 15 de febrero al 5 de marzo, se tratarán los informes de Finlandia y Latvia que incluyen las presentaciones de organizaciones de la sociedad civil.

“Numerosos grupos y comunidades han expresado una profunda preocupación sobre cuáles serán los impactos de ese contrato de inversión en sus derechos humanos y el medio ambiente, ya que el proyecto de UPM gastará miles de millones, la mayoría del dinero de los contribuyentes uruguayos para crear un gran cambio en la tierra y el agua de Uruguay”, señalan las organizaciones finlandesas al CESCR.

Y agregan que, como Finlandia y otros estados tienen poderes para controlar a “las corporaciones constituidas bajo sus leyes, o que tienen su sede estatutaria, administración central o lugar principal de negocios en su territorio”, el estado finlandés “tiene que usar ese poder de control para asegurar los derechos humanos en particular en megainversiones público-privadas en el exterior como ésta”.


Un acuerdo en condiciones desiguales

El informe presentado al CESCR, titulado "Sobre la mega inversión de UPM-Uruguay y la responsabilidad de Finlandia de asegurar y monitorear que respete los derechos humanos económicos, sociales y culturales en cumplimiento de las obligaciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales", realiza un análisis detallado del nuevo proyecto de UPM y de sus consecuencias.

A continuación se reproducen fragmentos del Prefacio del documento.

Uruguay y la corporación trasnacional UPM acordaron en esta su inversión común que Uruguay debía primero hacerse cargo de construir el ferrocarril, la terminal portuaria y las obras de infraestructura, así como introducir cambios en la educación, las leyes y las condiciones laborales del país para atender los negocios de UPM. y solo si UPM consideraba que eran idóneos decidiría realizar su inversión.

UPM tendrá así una enorme influencia para exigir más y más a Uruguay para servir a sus intereses comerciales porque los 4.000 millones de euros que Uruguay invirtió por adelantado para atender el proyecto de UPM, serán un gran desperdicio si UPM no invierte sus 2.400 millones de euros para la producción de celulosa.

La Institución Nacional de Derechos Humanos de Uruguay ha determinado que los impactos acumulativos que tendrá este proyecto sobre los derechos humanos y el medio ambiente no han sido debidamente evaluados con la participación de las personas afectadas y no son debidamente conocidos por el pueblo uruguayo.

Los derechos humanos están amenazados por un acuerdo en el cual una nación invierte una cantidad superior al 7% de su Producto Interno Bruto anual en un proyecto que puede no realizarse en absoluto si una empresa privada considera que los esfuerzos de Uruguay no son suficientes.

No se pueden verificar adecuadamente los impactos de un proyecto cuando el destino de una gran extensión de los recursos de Uruguay - tierras, el agua, ecosistemas, la biodiversidad, infraestructura, condiciones ambientales, laborales y educativas, etc. - depende de lo que a UPM se le ocurra decidir que es rentable para su negocio.

Los órganos y relatores de la ONU han señalado que los estados no pueden dejar en manos de los actores empresariales privados, que tienen intereses comerciales en las inversiones, la evaluación de los impactos sobre los derechos humanos y el medio ambiente, sino que los estados son responsables de evaluar, los impactos y actuar para garantizar los derechos humanos y la integridad ambiental.

Con respecto a cómo los derechos humanos económicos, sociales y culturales pueden ser afectados por el proyecto, como país de origen de UPM, Finlandia es responsable junto con Uruguay de garantizar el respeto de estos derechos humanos y su adecuada protección para que las actividades comerciales de UPM en Uruguay no afecten negativamente sino promover la realización de estos derechos.

Con respecto a dichos impactos, Finlandia también debe ayudar a establecer una comisión o entidad de revisión independiente e imparcial que los órganos respectivos de la ONU puedan nominar o aprobar como competente para evaluar los impactos del proyecto de UPM sobre los derechos humanos económicos, sociales y culturales y en el medio ambiente, en particular en la biodiversidad y el agua.

Finlandia debe contribuir a cubrir junto con Uruguay los costos de dicha comisión de evaluación guiada de la ONU y respetar sus hallazgos en términos de sus obligaciones como estados parte de la ONU de proporcionar de manera transparente toda la información solicitada por la comisión con respecto al proyecto.

Aliados de Sudestada