El FA, el PN y Propuesta Batllista, involucrados en la única denuncia ante la Corte Electoral, contradijeron el espíritu de la ley aprobada para transparentar los fondos de la campaña
El 3 de diciembre de 2014, la Corte Electoral dio vista a los partidos políticos para que hicieran sus descargos ante la denuncia presentada por la organización Uruguay Transparente. Mientras el Frente Amplio (FA) y el Partido Nacional (PN) justificaron haber recibido donaciones de Tenaris Global Services, la subsidiaria de Techint, el sector Propuesta Batllista (Partido Colorado) trató de explicar la legalidad de la contribución de uno de los miembros de la familia Eurnekian, Martín, quien junto a su tío Eduardo son los principales accionistas de Puerta del Sur, adjudicataria de la obra pública Aeropuerto Internacional de Carrasco.
Eduardo Eurnekian apoyó con 560 mil pesos a la fórmula presidencial del FA, mientras que
Martín también contribuyó a la dupla Mujica-Astori con otros 560 mil pesos. Además, donó 416 mil pesos para la fórmula del PN, y 53.770 para la del Partido Independiente (PI). También contribuyó con el Partido Colorado (PC), pero en este caso lo hizo en beneficio específico del sector Propuesta Batllista, al que le otorgó 200 mil pesos.
Por su parte, Tenaris Global Service SA –subsidiaria de la megaempresa Techint– repartió el dinero en partes iguales entre las dos fórmulas presidenciales con posibilidades de ganar la elección:
416 mil pesos para la del FA y la misma cantidad para la del PN (Lacalle-Larrañaga).
La encargada de responder en nombre del FA –mediante un escrito fechado el 4 de febrero de 2015- fue su entonces presidenta, la actual senadora socialista Mónica Xavier, quien enfatizó que su fuerza política “ha actuado conforme a derecho y con apego a la normativa vigente”. Para sostener esa afirmación se basó en que ninguna de las donaciones recibidas superó las 300 mil Unidades Indexadas, que en ese momento equivalían a 599.970 pesos uruguayos.
Ese hecho, según Xavier, “hace irrelevante analizar si hay empresas concesionarias o adjudicatarias en la lista de contribuyentes, extremo que a nuestro juicio no existe”. Así las cosas, prosigue la entonces presidenta del FA, se “ratifica la corrección de procederes de esta fuerza política, lo que así deberá declarar esa Corte, archivando las actuaciones que de oficio se sustancian”.
El FA se remite al Capítulo II, artículo 31 de la ley 18.485, que señala: "Las donaciones que reciban los partidos políticos o sectores internos o listas de candidatos a efectos de sus campañas electorales no podrán exceder para cada uno de ellos y por cada donante, la cantidad de 300.000 UI (trescientas mil unidades indexadas) y deberán ser siempre nominativas".
Pero ignora el Capítulo IV, artículo 45, que establece quiénes no pueden donar ni siquiera esa cantidad de dinero: “Los partidos políticos o sus sectores internos o listas de candidatos no podrán aceptar directa o indirectamente (…) contribuciones o donaciones de empresas concesionarias o adjudicatarias de obras públicas”.
El siguiente documento es uno de los que prueba que Techint, megaempresa propietaria de Tenaris Global Service -que aportó dinero a la campaña del FA y del PN-, era en 2009 y es actualmente adjudicataria de obra pública:
Cuando se discutió el proyecto en el Senado, en la sesión del 4 de noviembre de 2008, el encargado de presentar el informe en mayoría fue el senador Rafael Michelini (Nuevo Espacio). “El Capítulo IV (del proyecto en discusión) se refiere a las prohibiciones y es el que más me gusta, aunque también fue el más discutido en su oportunidad. Obviamente, las prohibiciones no nos gustan pero creo que van en una buena dirección. Cuando conseguimos consenso, tiramos un poco más de la piola en cuanto a las prohibiciones y se ajustó más; en otros casos sólo pudimos llegar al primer ojal, sin poder apretar más el cinturón. A la vez, cuando apretamos más con respecto a una prohibición, tuvimos que aflojar en otra”, explicó Michelini.
Más adelante abundó: “Las sanciones están referidas no a inhabilitar, sino a aplicar multas. Si el partido político no presenta declaración o los montos de contribuciones anónimas superan el porcentaje establecido -que es muy pequeño- para que todas las rifas, loterías y algunas ‘vaquillonas’ -como se dijo- figuren en el control detallado, tendrá determinadas sanciones. Debemos generar la cultura, la idea de que los partidos tienen que ser transparentes, que deben llevar ordenadamente las finanzas, que no puede haber cosas raras y que la ciudadanía tiene que saber”.
La mención de Michelini a “rifas y loterías” alude a la intervención en la misma sesión parlamentaria del senador herrerista Luis Alberto Heber, quien seis años después de aquella sesión legislativa fue el encargado de suscribir la respuesta a la denuncia en nombre del Partido Nacional, en su calidad de presidente del Directorio blanco.
Heber le respondió a la Corte Electoral que su colectividad actuó “conforme a derecho y con total apego a la legislación”, una frase casi idéntica a la de su colega frenteamplista. Al igual que Xavier, el senador Heber escribió una carta –fechada el 29 de mayo de 2015- donde centró su argumentación en el monto máximo de las donaciones de las empresas, sin entrar en consideraciones respecto a la calidad de contratistas de obra pública de los donantes.
Este argumento del senador herrerista se contradice con sus manifestaciones en el plenario de la Cámara de Senadores durante la discusión de la ley que regula el financiamiento de los partidos políticos. Al momento de manifestar su apoyo a la prohibición de las donaciones por parte de las empresas con contratos de obra pública, Heber señaló: “Dentro de las prohibiciones que existen me parece bien que aquellas empresas que por su volumen contratan con el Estado, no puedan contribuir a los partidos políticos, de forma permanente o durante la campaña electoral, cuando tienen concesiones de obra pública. Debemos decirlo claramente y dejarlo expresamente prohibido, a fin de que no surjan suspicacias -ciertas o no- y se terminen generando motivos de enfrentamiento y de rispidez en el sistema político”.
El siguiente documento, es otro de los que prueba que Corporación América (cuyos principales accionistas son Eduardo y Martín Eurnekian) mantenía en 2009 la concesión de obra pública del Aeropuerto Internacional de Carrasco.
Por su lado, los legisladores José Amorín y Tabaré Viera suscribieron la respuesta del sector Propuesta Batllista del Partido Colorado ante la vista concedida por la Corte. Amorín y Viera (quienes ya no integran el mismo sector) centraron su explicación en la donación de 200 mil pesos uruguayos que recibieron de Martín Eurnekian, director de Puerta del Sur, la empresa concesionaria de la obra del Aeropuerto de Carrasco.
“Fue una contribución personal y nominativa de Martín Eurnekian, y no de la empresa con la que se lo vincula familiarmente”, señala el escrito fechado el 15 de abril de 2015. De inmediato, los legisladores colorados añaden que “si la contribución hubiera sido efectuada por la empresa que se trata de involucrar, tampoco habría violado disposición alguna” y cita un inciso del artículo 44 de la ley 18.485 que permite la recepción de donaciones de empresas concesionarias de servicios públicos, soslayando que la empresa que representa Eurnekian tiene contratos de obra pública, lo cual sí está prohibido por la ley.
El Grupo Eurnekian, que ya desde 1993 era adjudicatario de obra pública a través de la Corporación América, donó "indirectamente" a la campaña, a través de sus principales accionistas, Eduardo y Martín Eurnekian. Y eso está prohibido por la ley 18.485.
Amorín y Viera también enfocaron su argumentación en el límite de 300 mil Unidades Indexadas para las donaciones nominativas y con ese pretexto le atribuyen legalidad a la contribución de Eurnekian. “Sólo una incorrecta o malintencionada interpretación de la ley puede poner en tela de juicio una contribución que jamás se ocultó, que se documentó debidamente y que se encuentra muy por debajo del tope habilitado por ley”, escribieron los parlamentarios y solicitaron que se archivaran las actuaciones.