A pesar de que la ley de caducidad los excluyó expresamente hasta ahora nunca fueron perseguidos por la justicia. También se impulsan juicios civiles y revisión de pago de pensiones a militares
El Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia (GTVJ) analizará los delitos económicos cometidos durante la dictadura militar de forma “institucional” para “echar luz” y “esclarecer esos crímenes”, aseguró su coordinador Felipe Michelini.
El GTVJ fue formado por un decreto presidencial y se conformó oficialmente en mayo de 2015. Está integrado por Michelini, junto con la diputada Macarena Gelman, el historiador Mario Cayota, el dirigente de la colectividad israelita Pedro Sclofsky, el pastor evangélico Adhemar Olivera, el representante de Familiares de Detenidos Desaparecidos Ignacio Errandonea y la mae Susana Andrade.
“Hay que tener claro que los delitos y las violaciones de los Derechos Humanos fueron realizados por personas que generaron terror y temor en la población y a través de eso generaron impunidad”, dijo Michelini, en entrevista con el programa
De diez a doce de Radio Uruguay.
“Eso también se produjo gracias a muchas complicidades, políticas, institucionales y también económicas. Desde esa perspectiva creo que si lo que estamos buscando es la verdad deberíamos ponerlas arriba de la mesa”, señaló.
En cuanto a los delitos económicos ocurridos durante el proceso cívico militar, Michelini explicó que el GTVJ
“tiene posibilidades de explorar todos los aspectos para echar luz y poder esclarecer los crímenes. En algunos casos la lógica delictiva de los aparatos represivos estaba guiada no sólo por razones ideológicas sino también por el afán de lucro, enriquecerse rápido a expensas de sus víctimas”.
En otros casos, donde también se persiguió el enriquecimiento ilícito,
“lo que hay es una complicidad de tipo institucional de beneficiarse de un determinado proyecto económico que la dictadura instauró y aceleró. Y nosotros como GTVJ pensamos que vamos a explorar algunas hipótesis de análisis, tanto en su faz delictiva como en su faz más institucional”, anunció el coordinador.
“El GTVJ no tiene restricciones, veremos si podemos abordarlo de forma directa”, aseguró.
Esta es la primera vez que desde el gobierno se plantea la posibilidad de analizar la persecución de los delitos económicos ocurridos en dictadura.
“Curiosamente la ley de caducidad excluyo estos delitos. Decía algo así como que si fue por razones perversas no importa, se podía matar, secuestrar, hacer desaparecer. Ahora si es por plata no. Pero lo cierto es que su aplicación permitió que también se incluyera esa parte porque en realidad investigar eso implicaba investigar todo porque estaba ligado indefectiblemente”, analizó Michelini.
El negocio del terrorismo de Estado
En setiembre de 2016, poco después de cumplirse los 43 años del golpe de Estado de 1973, se publicó un libro que esclarece el negocio del terrorismo de Estado en la dictadura uruguaya y aporta datos sobre los cómplices de los delitos económicos perpetrados durante el proceso cívico militar.
Este trabajo, titulado “
El negocio del terrorismo de Estado. Los cómplices económicos de la dictadura”, fue coordinado por el argentino Juan Pablo Bohoslavsky, asesor en la oficina del alto comisionado de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
El libro consta de una introducción escrita por Bohoslavsky donde describe las motivaciones y características del libro y una segunda parte escrita por Naomi Roht-Arriaza, en la que presenta y discute los motivos por los cuales la justicia distributiva, los derechos económicos, sociales y culturales y, más específicamente, la complicidad económica, no merecieron en las últimas décadas una dedicada atención en el campo de la justicia transicional. También describe los recientes avances en Argentina y Brasil en materia de responsabilidad por complicidad económica.
La sección II se ocupa de las relaciones internacionales y la economía durante la dictadura con capítulos escritos por Isabel Clemente (Cap. 3), Jorge Notaro (Cap. 4), Juan Pablo Bohoslavsky (Cap. 5), y Jaime Yaffé (Cap. 6).
La sección III se centra en los empresarios y los trabajadores y en él se incluyen los trabajos de Carlos Demasi (Cap. 7) y Federico Leicht (Cap. 8).
La sección IV se centra en la corrupción durante la dictadura y en el rol de los medios de comunicación. En ella aparecen los trabajos de Fabián Werner (Cap. 9) y de Samuel Blixen y Natalia Uval (Cap. 10).
La sección V analiza los aspectos jurídicos de la complicidad económica, con los capítulos escritos por Nicolás Carrillo Santarelli (Cap. 11) y de Ariela Peralta y Gianni Di Palma (Cap. 12).
La sección VI presenta las conclusiones a cargo de Francesca Lessa y Gabriel Pereira, quienes ubican este volumen en una tendencia creciente a nivel mundial a responsabilizar a las empresas por sus violaciones de derechos humanos, incluyendo el formato de cómplice. A su vez identifican las causas que han impedido que en Uruguay la agenda de memoria, verdad y justicia comprendiera a los cómplices económicos de la dictadura.
Juicio civil y pensiones
El GTVJ hizo público en los últimos días un documento en el que recomienda al gobierno la aplicación del artículo 25 de la Constitución, a fin de promover juicios civiles contra los responsables de los delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura. El fin de la iniciativa es demandar a los ex funcionarios del Estado que cometieron crímenes en ese período para hacerles pagar por los daños que hayan causado “en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de ese ejercicio, en caso de haber obrado con culpa grave o dolo”.
El texto fue entregado a las organizaciones de Derechos Humanos que militan desde hace años en reclamo de verdad, memoria y Justicia. En ese marco, el colectivo de ex presas y pesos políticos Crysol entregó al Poder Ejecutivo un documento de 11 páginas en el que plantea su visión ante la iniciativa del GTVJ.
Crysol plantea que
“Tanto el Poder Ejecutivo como el Parlamento deben actuar en forma más enérgica y decidida para fortalecer y profundizar la democracia. Consideramos de gran valor la recomendación de adoptar la decisión de aplicar las disposiciones del Artículo 25 de la Constitución. Las mismas facultan al gobierno a repetir judicialmente contra los funcionarios involucrados los costos en que ha incurrido el país debido a sus conductas, en materia de reparaciones entre los procesados y condenados con sentencia firme por los delitos conexos y/o relacionados con el terrorismo de Estado”.
La organización añade que
“esta es la denominación más acertada al respecto ya que la justicia uruguaya no ha empleado hasta el momento la terminología jurídica de las normas internacionales de DDHH al procesar a estos delincuentes. Es lamentable y preocupante que ninguno de los gobiernos que se han rotado en la administración del Estado hasta el momento haya adoptado una decisión de este tipo. Valoramos muy positivamente vuestra recomendación y vuestro compromiso en este tema tan delicado”.
El documento de Crysol también aborda el tema del cobro de las jubilaciones y pensiones por parte de los oficiales de las Fuerzas Armadas que fueron enjuiciados y condenados por delitos vinculados al terrorismo de Estado.
El colectivo señala que
“las normas legales vigentes establecen que aquellos militares que fueron procesados y con sentencia firme deben ser sometidos a Tribunales de Honor para juzgar sus conductas y eventualmente sancionarlos. Hasta el momento ello no ha ocurrido por diferentes causas y motivos, que suenan a excusas. De acuerdo a la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas, los responsables de violaciones a los DDHH deben ser castigados penal y administrativamente. Los militares procesados por crímenes relacionados con el terrorismo de Estado, no pueden seguir disfrutando de beneficios indebidos. Y sus procesos deben ser tratados con la premura que las propias normas legales establecen”.
Por su parte, el coordinador del GTVJ consideró que en el Estado uruguayo “hay una dualidad” porque en el caso de aquellos funcionarios que cobraban pensiones y jubilaciones por el Banco de Previsión Social (BPS) y que fueron procesados hubo un trámite y ese pago se suspendió. En cambio, en el caso de las pensiones militares, Michelini señaló que
“están vinculadas a los tribunales de honor y han tenido dificultad en su implementación”.
En ese sentido, Michelini opinó que hay que buscar la forma para “separar” una cosa de otra, ya que
“no parece lógico que una persona acusada y condenada por gravísimos delitos siga cobrando pensiones por el cargo que utilizó para hacer esos crímenes”.