En un documento al que accedió Sudestada, las autoridades sanitarias utilizan los argumentos de las organizaciones de la sociedad civil a las que se quiso descalificar.
María Natalia Rodríguez / @licmnrodriguez / Sudestada
“La dirección actual mantiene la posición de la dirección anterior de derogar el
decreto 87/21”, que habilita la comercialización de dispositivos de tabaco calentado, asegura el Ministerio de Salud Pública (MSP) en una respuesta a una serie de consultas realizadas por la
Alianza de Enfermedades No Transmisibles a la ministra Karina Rando. “Existe una vasta evidencia sobre los daños a la salud causados por el consumo de los mismos”, agrega el Programa de Control de Tabaco en el documento emitido “en acuerdo” con la Dirección General de la Salud.
El decreto firmado en Consejo de Ministros el 3 de marzo del 2021, que habilitó la comercialización y utilización de productos de tabaco calentado (PTC) en Uruguay, presenta
justificaciones que replican los que la Industria Tabacalera (IT).
El Poder Ejecutivo sostiene en el decreto que “existen datos científicos” que indican que los PTC “resultan en una menor exposición de los usuarios a las sustancias tóxicas asociadas al consumo tradicional de tabaco” y que “cuentan con una validación científica suficiente para justificar su exclusión de la prohibición prevista en el Decreto N° 534/009”.
Sin embargo, en el expediente, al que tuvo acceso
Sudestada, el MSP asegura que “los considerandos del decreto no son sostenibles con la evidencia libre de conflicto de intereses”. Además, informan que “no se ha registrado ningún producto de tabaco calentado para ser comercializado en nuestro país”.
Empaquetado neutro
El otro decreto que el gobierno considera que hay que derogar es el
282/022 que modifica el empaquetado neutro y la presentación única por marca de los productos de tabaco, que actualmente se encuentra suspendido por el recurso de amparo que presentó la sociedad civil, “a la espera de la resolución del Tribunal de lo Contencioso Administrativo”.
El 2 de setiembre de 2022, el gobierno admitió el empaquetado en cajas blandas que estaba prohibido hasta ese momento, con el argumento de que las limitaciones impuestas por el Decreto N° 120/019 “afectan al cigarrillo comercializado en el mercado formal, frente a la fuerte competencia del cigarrillo de contrabando”.
La disposición del Poder Ejecutivo no presentaba ninguna cifra que avale su afirmación y se realizó luego de que, en su calidad de asesor del presidente Luis Lacalle Pou, Nicolás Martinelli, actual Ministro del Interior, se reuniera con directivos de la Compañía Industrial de Tabacos Montepaz SA en la sede de la empresa, según la investigación periodística realizada por
Sudestada.
Impuestos y multas
“Existe evidencia que el aumento de impuestos no implica el aumento del contrabando y la población tiene una alta aceptación de este tipo de impuestos saludables”, argumenta la cartera.
Mencionan que se solicitan que se incremente el IMESI de los productos del tabaco “a la brevedad posible” y proponen que el mínimo valor nominal sea de $106,32, “un 10,5% superior nominal al valor de julio de 2023 ($96,26) para llevar al IMESI a precios constantes al menos al nivel máximo histórico”.
La respuesta del MSP a la Alianza ENT menciona que para “viabilizar el porcentaje de dinero proveniente de las multas que debe ser vertido al programa de acuerdo a la ley 18256, se elevó a DIGESA” y que se aguarda a que sea visto e informado al programa la Resolución.
Recientemente, un informe de MVD Noticias de TV Ciudad, alertó que la cartera desconoce el monto con el que cuenta por conceptos de multas por control de tabaco y dónde se encuentra. Además, menciona que el MSP no financió la difusión de políticas antitabaco porque la recaudación fue derivada a Rentas Generales, información que se contradice con lo que figura en las rendiciones de cuentas.
Lee el texto completo de la respuesta del MSP