Los exigüos plazos de las autorizaciones ambientales comprometidos por el gobierno con UPM, obligan al estado uruguayo a trabajar a contrarreloj salteándose por el camino las normas vigentes.
Proyecto Ferroviario Paso de los Toros - Montevideo.
Víctor L. Bacchetta
"En ciertos deportes, una carrera contrarreloj obliga a los deportistas a realizar un trayecto en el menor tiempo posible, sin interacción física entre ellos." (Wikipedia)
Aunque en este caso no se trata de un deporte, eso es exactamente lo que está ocurriendo con los organismos del estado uruguayo que deben realizar en tiempo mínimo la evaluación de los proyectos de la planta de celulosa que UPM pretende instalar en el Río Negro, así como el diseño y la ejecución de las obras anexas de infraestructura a las que se comprometió la contraparte nacional.
El Contrato ROU-UPM, firmado en noviembre de 2017, estableció en detalle los plazos a cumplir desde la comunicación hasta la resolución de las autorizaciones ambientales previas y de operación de los proyectos de planta de celulosa, planta química, zona franca y de los complementos ferroviario y portuario. Los proyectos básicos ya fueron presentados y, en consecuencia, los plazos están corriendo.
Plazos perentorios de autorización
Fragmento del Contrato ROU-UPM firmado el 27 de noviembre de 2017
"Las Partes reconocen la importancia de otorgar máxima prioridad a los procesos y trámites de autorizaciones ambientales y permisos que correspondan al proyecto principal (...) así como respecto de los otros proyectos relacionados al Proyecto de Planta de Celulosa", reza el Contrato ROU-UPM, en el punto 3.2 referido a los Permisos Ambientales, y pasa a definir los plazos en cada caso.
A partir de la fecha de comunicación formal del proyecto, a la Dinama se le fija un plazo máximo de 3 (tres) meses para decidir la autorización ambiental de la Zona Franca, de 12 (doce meses) para la Planta de Celulosa, de 8 (ocho meses) para el Proyecto Ferroviario y de 12 (doce) meses para el Proyecto Portuario y la Planta Química, si este último se presenta separado de la planta de celulosa
La Autorización Ambiental Previa (AAP) habilita la construcción y, una vez concluidas las obras, la Autorización Ambiental de Operación (AAO) habilita el funcionamiento del proyecto. El Contrato fija un plazo de 1 (un) mes para otorgar la AAO luego de verificar el cumplimiento de las condiciones de la AAP. Esta inspección no debe realizarse más allá de los 15 (quince) días posteriores a la solicitud de la AAO.
La comunicación del Proyecto de Planta de Celulosa se hizo el 6 de febrero de este año, al presentar UPM la solicitud de Viabilidad Ambiental de Localización (VAL). El paso siguiente, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) tiene un plazo de presentación no superior a los 2 (dos) meses de otorgada la VAL, pero no altera el plazo final de la AAP que debería estar resuelta entonces el 6 de febrero de 2019.
El Proyecto Ferroviario fue presentado a la Dinama por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) un día después de firmado el Contrato, el 28 de noviembre de 2017, y debería tener pronta la AAP el próximo 28 de julio. El Proyecto Portuario fue presentado por la Administración Nacional de Puertos (ANP) a la Dinama en abril de este año, por lo que su AAP debería estar lista en abril de 2019.
La afirmación reiterada en el Contrato de que los plazos referidos habilitan a
"otorgar, rechazar o denegar" las autorizaciones solicitadas a la Dinama es pura retórica. Por encima de la autoridad ambiental, ya se han pronunciado a favor de los proyectos la Presidencia de la República y las máximas jerarquías del Poder Ejecutivo. A nadie se le ocurre que la Dinama pueda enfrentarse a esa decisión política.
Es más, el gobierno se comprometió a
"fortalecer la organización interna" (sic) de la Dinama para cumplir con los plazos requeridos y acordó con UPM la designación de equipos especializados, con refuerzo de funcionarios, para procesar las solicitudes. El gobierno y UPM tendrán también coordinadores generales para mantener reuniones quincenales o semanales según lo exijan los trámites de autorización.
Transgresión y debilitamiento normativo
La ley N° 16.906 de Promoción y Protección de Inversiones autoriza al Poder Ejecutivo a conceder exenciones fiscales a proyectos que lo ameriten. El Contrato ROU-UPM, además de los beneficios económicos extraordinarios otorgados a las otras plantas de celulosa, extiende los beneficios a otras áreas, creando un nuevo estatus privilegiado para las empresas extranjeras que se interesen en instalarse en el país.
Las autorizaciones ambientales son una de esas áreas y de las más sensibles, que se resienten obviamente cuando deben trabajar bajo presión política y de plazos cada vez más breves. Tanto en el caso de Botnia (luego UPM Fray Bentos) como de Montes del Plata, el proceso desde la comunicación del proyecto hasta la autorización ambiental insumió 16 meses, contra los 12 meses para el nuevo proyecto de UPM.
La urgencia que impone la exigüidad de los plazos lleva inevitablemente a transgredir los procedimientos legales vigentes. Esto ya ocurrió con el cambio de la categoría del suelo para permitir la ubicación de la planta de UPM en el departamento de Durazno, que fue realizado en tiempo record por el gobierno local y las direcciones nacionales de Ordenamiento Territorial (Dinot) y de Medio Ambiente (Dinama).
Y está ocurriendo con otros componentes del proyecto, como es haber comenzado a demoler edificaciones en el posible trayecto del tren para el traslado de la celulosa, sin que se haya decidido aún la autorización ambiental del Proyecto Ferroviario, o el inicio de mediciones en los campos con vistas a la elevación de la cota del Lago de Rincón del Bonete, sin que UTE haya comunicado formalmente la decisión.
La elevación del nivel máximo operativo de la represa Gabriel Terra, actualmente en la cota de 80,70 metros, puede estar vinculada con el cumplimiento de otro compromiso del Contrato ROU-UPM, el de asegurar un flujo mínimo en el Río Negro aguas abajo del embalse para el abastecimiento de la planta de UPM, que cada día requiere 125 millones de litros de agua y devuelve 106,5 millones de litros de efluentes.
Una elevación de la cota del Lago de Rincón del Bonete con ese objetivo inunda una amplia extensión de tierras que deben ser expropiadas, para lo cual se requiere una ley que lo justifique por razones de necesidad o utilidad públicas. Al mismo tiempo, modifica en forma sustancial la planta urbana y las condiciones de existencia de San Gregorio de Polanco, que vive del turismo en sus playas arenosas.
De acuerdo con el Código de Aguas, el Poder Ejecutivo y UTE, en delegación de las atribuciones del primero, son la autoridad nacional en materia de aguas y deciden los usos de los embalses. En todo caso, debería modificarse el decreto 160/980 que le otorgó a UTE la prioridad en el uso de los embalses de las represas Gabriel Terra, Rincón de Baygorria y Palmar para la producción de energía eléctrica.